MECANISMOS DE DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN

Artículo 1 (Constitución Política de Colombia, 1991) de democracia, participación y pluralismo donde el Estado se funda en el respeto de la dignidad humana, trabajo y solidaridad de las personas que la integran y haciendo énfasis a la última frase, de la prevalencia del interés general. En este sentido la participación democrática se ubica como portavoz de esa ciudadanía colombiana que busca hacerse escuchar y evidenciar qué necesita, cree, prefiere y acepta. La constitución política evidencia cuáles son esas formas por medio del Título V: De la participación democrática y de los partidos políticos.
Capítulo 1. De las formas de participación democrática: “Artículo 103. Son  mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley que reglamenta lo relativo a los mecanismos de participación corresponde a la ley 134 de 1994, de esta ley se recoge que: el voto es el acto en el que el ciudadano participa eligiendo a la persona que considere lo representa, el plebiscito es la aprobación o rechazo de la ciudadanía a una decisión de iniciativa  Participación democrática en Colombia y la educación ciudadana para el voto del presidente de la república, el referendo se convoca a la ciudadanía para aprobar o rechazar proyectos de norma y en el caso que aplique derogar o no una norma vigente, de acuerdo a esto puede ser referendo aprobatorio o derogatorio, la consulta popular busca la respuesta a una pregunta general sobre un tema de importancia nacional o territorial, el cabildo abierto es la reunión de las autoridades municipales o distritales junto con los ciudadanos con el fin de una participación directa y retroalimentada en un espacio de discusión de asuntos de interés de la comunidad partícipe, la iniciativa popular corresponde al derecho político ciudadano de presentar proyectos de ley, acto legislativo, ordenanza o acuerdo ante las autoridades legislativas que correspondan territorialmente y finalmente la revocatoria del mandato que es la posibilidad de los ciudadanos de dar por terminado el mandato del gobernador o el alcalde. No cabe duda que uno de los mecanismos democráticos al que más accedemos los ciudadanos es el Voto, por ello es importante tener en cuenta como la Registraduría Nacional del Estado Civil, está implementando la biometría para evitar suplantación y digitalizar las huellas de los ciudadanos, el proceso de biometría se viene desarrollando desde el 2013 con las inscripciones de cédula en las Registradurías Auxiliares o Municipales y en la inscripción de cédulas en los puestos de votación con fecha del 16 al 22 de diciembre del 2013 (Registraduría Nacional de Estado Civil , s.f.), desde el marco institucional se han ido implementando los mecanismos que impliquen transparencia en los procesos electorales. Frente a los procesos que desarrolla la Registraduría, hay formas de control electorales encabezados por el Consejo Nacional Electoral –CNE- donde se propende por “Regular, inspeccionar, vigilar y controlar toda actividad electoral de las agrupaciones políticas y sus candidatos; ejercer vigilancia y control de la organización electoral y velar por el desarrollo de los procesos electorales en  Participación democrática en Colombia y la educación ciudadana para el voto condiciones plenas garantías.” (Consejo Nacional Electoral, s.f.) una de las herramientas de desarrollo de su misión son los tribunales de garantías y vigilancia electoral ubicados en los departamentos del país para la elecciones del 2014, encargados “de velar por la transparencia, el buen desarrollo de las campañas y el cumplimiento de la norma electoral. Entre sus funciones se destaca el monitoreo que realizarán para que no se presenten prácticas como el trasteo de votos y vigilarán la financiación de las campañas y el equilibrio en la instalación de publicidad electoral en las regiones.” (Colprensa, 2014).
El artículo señalado indica que al CNE han llegado denuncias de compra de votos en algunos municipios de Atlántico, entre otros, y como ente de vigilancia genera las investigaciones pertinentes del caso. Así como el CNE, la ciudadanía puede ejercer mecanismos de control social a la administración pública en el caso de las elecciones y por su puesto para hacer seguimiento de la gestión de quiénes han sido elegidos y lo serán, para estos efectos, los ciudadanos pueden generar observación electoral o veedurías para hacerse presentes en el transcurso de la jornada y en su posterior conteo de votos. La acción de protección y vigilancia de la jornada electoral “es el seguimiento y registro de incidencias de un proceso electoral en un ámbito geográfico amplio, mediante la integración de una considerable movilización de ciudadanos voluntarios, asociados con un sistema de información pública sobre el desarrollo del proceso” (Boneo &Valverde, 2004).
La observación electoral data pues de una participación voluntaria en búsqueda de una transparencia en el proceso electoral, la Misión de Observación Electoral –MOE- es una de las organizaciones veedoras del proceso y trabaja de la mano de universidades, centros de investigación y ciudadanos en general,  Participación democrática en Colombia y la educación ciudadana para el voto interesados en el proceso electoral en desarrollo. Por su parte las veedurías ciudadanas están reglamentadas por la ley 850 de 2003 y son “el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público” (adición al artículo 6 del acuerdo 142 de 2005). Las veedurías deben inscribirse ante la Cámara de Comercio, es decir deben tener un objeto social formalizado y los permisos pertinentes a la luz de la ley para funcionar correctamente. El presente documento no abordará las precisiones conceptuales de cada mecanismo de participación democrática, en su lugar abordará de manera crítica el ejercicio de cada una de ellas en especial del voto, como principal mecanismo participativo, pues los niveles de abstención se ubican en porcentajes bastante altos, el grado de corrupción, suplantación, compra de votos y posteriormente ejercicio ineficaz, sillas vacías y dominio de nodos de corrupción recoge la afirmación de que la participación democrática no evidencia interés y confianza pues el colombiano del común cree que no es una herramienta efectiva y de empoderamiento social; los niveles de confianza en estos mecanismos resultan ser bajos y el oportunismo se inserta como abanderado de la mayoría de líderes colombianos, es allí donde se puede cuestionar si se puede cambiar esa cultura política, donde la educación se presenta como el recurso más importante para el desarrollo ciudadano. 

Comentarios

Entradas populares de este blog

Emblemas Patrios de Colombia

INTRODUCCIÓN