MECANISMOS DE DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN
Artículo 1
(Constitución Política de Colombia, 1991) de democracia, participación y
pluralismo donde el Estado se funda en el respeto de la dignidad humana,
trabajo y solidaridad de las personas que la integran y haciendo énfasis a la
última frase, de la prevalencia del interés general. En este sentido la
participación democrática se ubica como portavoz de esa ciudadanía colombiana
que busca hacerse escuchar y evidenciar qué necesita, cree, prefiere y acepta.
La constitución política evidencia cuáles son esas formas por medio del Título
V: De la participación democrática y de los partidos políticos.
Capítulo 1.
De las formas de participación democrática: “Artículo 103. Son mecanismos de participación del pueblo en
ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta
popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato.
La ley que reglamenta lo relativo a los mecanismos de participación corresponde
a la ley 134 de 1994, de esta ley se recoge que: el voto es el acto en el que
el ciudadano participa eligiendo a la persona que considere lo representa, el
plebiscito es la aprobación o rechazo de la ciudadanía a una decisión de
iniciativa Participación democrática en
Colombia y la educación ciudadana para el voto del presidente de la república,
el referendo se convoca a la ciudadanía para aprobar o rechazar proyectos de norma
y en el caso que aplique derogar o no una norma vigente, de acuerdo a esto
puede ser referendo aprobatorio o derogatorio, la consulta popular busca la
respuesta a una pregunta general sobre un tema de importancia nacional o
territorial, el cabildo abierto es la reunión de las autoridades municipales o
distritales junto con los ciudadanos con el fin de una participación directa y
retroalimentada en un espacio de discusión de asuntos de interés de la
comunidad partícipe, la iniciativa popular corresponde al derecho político
ciudadano de presentar proyectos de ley, acto legislativo, ordenanza o acuerdo
ante las autoridades legislativas que correspondan territorialmente y
finalmente la revocatoria del mandato que es la posibilidad de los ciudadanos
de dar por terminado el mandato del gobernador o el alcalde. No cabe duda que
uno de los mecanismos democráticos al que más accedemos los ciudadanos es el
Voto, por ello es importante tener en cuenta como la Registraduría Nacional del
Estado Civil, está implementando la biometría para evitar suplantación y
digitalizar las huellas de los ciudadanos, el proceso de biometría se viene
desarrollando desde el 2013 con las inscripciones de cédula en las
Registradurías Auxiliares o Municipales y en la inscripción de cédulas en los
puestos de votación con fecha del 16 al 22 de diciembre del 2013 (Registraduría
Nacional de Estado Civil , s.f.), desde el marco institucional se han ido
implementando los mecanismos que impliquen transparencia en los procesos
electorales. Frente a los procesos que desarrolla la Registraduría, hay formas
de control electorales encabezados por el Consejo Nacional Electoral –CNE-
donde se propende por “Regular, inspeccionar, vigilar y controlar toda
actividad electoral de las agrupaciones políticas y sus candidatos; ejercer
vigilancia y control de la organización electoral y velar por el desarrollo de
los procesos electorales en
Participación democrática en Colombia y la educación ciudadana para el
voto condiciones plenas garantías.” (Consejo Nacional Electoral, s.f.) una de
las herramientas de desarrollo de su misión son los tribunales de garantías y
vigilancia electoral ubicados en los departamentos del país para la elecciones
del 2014, encargados “de velar por la transparencia, el buen desarrollo de las
campañas y el cumplimiento de la norma electoral. Entre sus funciones se
destaca el monitoreo que realizarán para que no se presenten prácticas como el
trasteo de votos y vigilarán la financiación de las campañas y el equilibrio en
la instalación de publicidad electoral en las regiones.” (Colprensa, 2014).
El
artículo señalado indica que al CNE han llegado denuncias de compra de votos en
algunos municipios de Atlántico, entre otros, y como ente de vigilancia genera
las investigaciones pertinentes del caso. Así como el CNE, la ciudadanía puede
ejercer mecanismos de control social a la administración pública en el caso de
las elecciones y por su puesto para hacer seguimiento de la gestión de quiénes
han sido elegidos y lo serán, para estos efectos, los ciudadanos pueden generar
observación electoral o veedurías para hacerse presentes en el transcurso de la
jornada y en su posterior conteo de votos. La acción de protección y vigilancia
de la jornada electoral “es el seguimiento y registro de incidencias de un
proceso electoral en un ámbito geográfico amplio, mediante la integración de
una considerable movilización de ciudadanos voluntarios, asociados con un
sistema de información pública sobre el desarrollo del proceso” (Boneo
&Valverde, 2004).
La observación
electoral data pues de una participación voluntaria en búsqueda de una
transparencia en el proceso electoral, la Misión de Observación Electoral –MOE-
es una de las organizaciones veedoras del proceso y trabaja de la mano de
universidades, centros de investigación y ciudadanos en general, Participación democrática en Colombia y la
educación ciudadana para el voto interesados en el proceso electoral en
desarrollo. Por su parte las veedurías ciudadanas están reglamentadas por la
ley 850 de 2003 y son “el mecanismo democrático de representación que le
permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias,
ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades,
administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de
control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no
gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país,
encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación
de un servicio público” (adición al artículo 6 del acuerdo 142 de 2005). Las
veedurías deben inscribirse ante la Cámara de Comercio, es decir deben tener un
objeto social formalizado y los permisos pertinentes a la luz de la ley para
funcionar correctamente. El presente documento no abordará las precisiones
conceptuales de cada mecanismo de participación democrática, en su lugar
abordará de manera crítica el ejercicio de cada una de ellas en especial del
voto, como principal mecanismo participativo, pues los niveles de abstención se
ubican en porcentajes bastante altos, el grado de corrupción, suplantación,
compra de votos y posteriormente ejercicio ineficaz, sillas vacías y dominio de
nodos de corrupción recoge la afirmación de que la participación democrática no
evidencia interés y confianza pues el colombiano del común cree que no es una
herramienta efectiva y de empoderamiento social; los niveles de confianza en
estos mecanismos resultan ser bajos y el oportunismo se inserta como abanderado
de la mayoría de líderes colombianos, es allí donde se puede cuestionar si se
puede cambiar esa cultura política, donde la educación se presenta como el
recurso más importante para el desarrollo ciudadano.
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